Hemos entrado en 2007 y el secuestrador del archivo de Pasaia, el secretario Belaustegi, quien nos había anunciado que el tema de las mugas entraría en los tribunales para diciembre, todavía no ha dicho ni mu. Al final algo dirá, para eso le pagan. Mientras tanto, vamos a seguir hablando de algunos de los silencios y omisiones graves que hemos observado en los informes jurídico e histórico.
Al breve informe jurídico no se le puede pedir que no omita datos. La parcialidad de que hace gala es comprensible en la medida que su fin no es realizar un estudio científico y objetivo sobre el tema, sino dar un soporte jurídico a los argumentos que puedan favorecer a la parte contratante (que diría Groucho Marx). Al fin y al cabo, sus autores no lo disimulan y se limitan a vestir con un lenguaje jurídico las conclusiones recogidas en el “informe Aranzadi”, su única fuente de información y a la que se remiten una y otra vez.
Lo del 'informe Aranzadi' es otro cantar. El informe empieza por omitir el nombre de su autor quien, al enunciar los objetivos en la página 2, dice que “se trata de analizar científicamente, desde un punto de vista histórico, los indicios con los que el propio Ayuntamiento de Pasaia cuenta…”. Vamos, que va de científico y, además, su autor, ahora sí con nombres y apellidos, y haciendo gala de un positivismo trasnochado, se vale de su posición en la Sociedad de Ciencias Aranzadi para arremeter en el número 126 de Aranzadiana de una manera prepotente y arrogante contra los críticos de su libro. Dice que “nadie ha aportado ningún dato novedoso o no reseñado en el mismo”. Datos nuevos, lo que es decir nuevos, no hay. Lo que sí ha habido, insistimos, es un intento de presentar como científico un trabajo de manipulación y silenciamiento de datos e historiadores.
Un ejemplo de esto que estamos diciendo lo encontramos en el trato que Zapirain da a Pablo Gorosabel, cronista de la provincia, historiador, testigo directo y actuante en el tema que nos ocupa. Parece ser que Gorosabel no es digno de aparecer siquiera en la bibliografía del informe ni en la del libro. Porque leer, se supone que lo ha leído, ya que lo cita en una nota, —cuando habla del comercio de hierro en 1587—, y lo cita mal, dando un número de página erróneo.
La ausencia de Gorosabel en la bibliografía, sin embargo, es un grave error, no sólo porque en su conocido Diccionario habla con conocimiento de Pasajes y del tema del término municipal en particular, sino porque, además, Gorosabel fue miembro del tribunal que decidió en contra de las pretensiones de Pasajes de hacer valer el auto de Vargas e incorporar a su término los terrenos ganados al mar frente a Capuchinos. Como a Gorosabel no le puede manipular, sencillamente lo silencia.
El contenido de la sentencia dictada el 4 de febrero de 1848, sin embargo, es muy interesante y sus argumentos claros:
1. El auto de Vargas no fue aprobado y las reales órdenes de 1805, 1807 y 1828 no resolvieron este tema.
2. El deslinde vigente es el que se realizó en 1545 entre San Sebastián y Rentería: San Pedro era parte de San Sebastián y San Juan, tras su independencia en 1770, no compartía lindes con Rentería.
En consecuencia, mientras el rey no determinara definitivamente sobre el término de Pasajes “no puede menos de seguir entretanto que esto se verifique la demarcación asignada por determinaciones anteriores con respecto a la aldea o Pasajes de San Pedro y villa de Rentería.”
Este primer fallo del Consejo Provincial es de gran importancia porque muestra cual era el estado de la cuestión en 1848 y porque además ha marcado la línea jurídica que las sucesivas Diputaciones de Guipúzcoa han seguido hasta el presente.
Tiene razón Zapirain, éste no es un dato novedoso, pero es un dato, un dato más, que deja de manifiesto la poca calidad científica de su trabajo.